-Solo se otorga este certificado para obras autorizadas y construidas con inspecciones reglamentarias y con final de obra aún pendiente.
-Para construcciones antirreglamentarias, clandestinas, no autorizadas, NO SE OTORGA .
-En construcciones con “conforme a obra” ya otorgado, no se entrega . Si puede extenderse “constancia de estado de obra», para lo cual deben requerir inspecciones previas.
Según la Ordenanza Municipal 4829-1999 Art. 2 apartado e) los requerimientos mínimos para lograr Certificado de Habitabilidad:
-Revoque grueso en muros.
-Contrapisos interiores.
– Vereda en contrapiso de hormigón.
-Carpintería exterior colocada con vidrios.
-Artefactos Sanitarios en servicio (mínimo un baño, inodoro, lavatorio y ducha)
-Instalación Eléctrica reglamentaria en servicio.
No se permitirá la ocupación o uso del edificio hasta tanto se haya extendido el Certificado de Habitabilidad, pudiendo solicitar el auxilio de la fuerza pública para desalojarlo.
Por mayor información comunicarse al Tel. 4498244/ mail: inspectoresobrasgllen@gmail.com
1) Iniciar trámite por Mesa de Entradas o bien, enviarla por email a mesadigital@guaymallen.gob.ar en formato PDF.
2) Abonar 750 UTM por cada Unidad Habitacional o Local Comercial (en caso de más de 10 departamentos se abona 700 UTM por cada uno) en Rentas/Recaudaciones Varias.
3) Dar referencia del expte. de obra civil y adjuntar la siguiente documentación:
-Nota de solicitud firmada por el titular de la propiedad y director técnico de la obra,
-Nº de teléfono,
-Fotocopia del D.N.I. del titular de la propiedad.