– Solo se otorga este certificado para Obras Autorizadas y Construidas con Inspecciones Reglamentarias y con Final de Obra aún pendiente.
– Para Construcciones Antirreglamentarias, Clandestinas, No autorizadas, NO SE OTORGA CERTIFICADO DE HABITABILIDAD.
– En construcciones con Conforme a Obra ya otorgado no se entrega Certificado de Habitabilidad. Si puede extenderse Constancia de Estado de Obra, para lo cual deben requerir inspecciones previas.
Según la Ordenanza Municipal 4829-1999 Art. 2 apartado e) los requerimientos mínimos para lograr
Certificado de Habitabilidad:
– Revoque grueso en muros.
– Contrapisos interiores.
– Vereda en contrapiso de Hormigón.
– Carpintería exterior colocada con vidrios.
– Artefactos Sanitarios en servicio (mín. un Baño, Inodoro, lavatorio y ducha)
– Instalación Eléctrica reglamentaria en servicio.
No se permitirá la ocupación o uso del edificio hasta tanto se haya extendido el Certificado de Habitabilidad, pudiendo solicitar el auxilio de la fuerza pública para desalojarlo.
Por mayor información comunicarse al Tel. 4498244 mail: inspectoresobrasgllen@gmail.com
1) Iniciar trámite por Mesa de Entradas o bien, enviarla por email a mesadigital@guaymallen.gob.ar en formato PDF.
2) Abonar 750 UTM por cada Unidad Habitacional o Local Comercial (en caso de más de 10 departamentos se abona 700 UTM por cada uno) en Rentas/Recaudaciones Varias.
3) Dar referencia del expte. de obra civil y adjuntar siguiente documentación:
-Nota de solicitud firmada por el titular de la propiedad y Director Técnico de la obra,
-Nº de teléfono,
-Fotocopia del D.N.I. del titular de la propiedad.